Cómo calcular la retención de IRPF
En primer lugar, la retención de IRPF solo la realizan los autónomos profesionales. Los trabajadores autónomos y las sociedades no tienen que realizar dicha retención bajo ninguna circunstancia.
Para saber qué tipo de retención tienes deberías saber cuál es tu situación actual como profesional autónomo:
- IRPF reducido para nuevos autónomos: 7% hasta los primeros 18 meses de profesional autónomo.
- IRPF general para profesionales autónomos: 15%.
Si estás leyendo este artículo, lo más normal es que seas del grupo del IRPF reducido. Y si eres una sociedad, ni tan siquiera deberías estar leyendo este apartado.
Cómo calcular el IVA
El segundo impuesto a calcular es el IVA. A pesar de que en el artículo anteriormente mencionado puedas ver los diferentes tipos de IVA, te los dejo aquí para que te hagas una idea:
- IVA superreducido (4%): para el pan, la leche, las frutas, los cereales, quesos, libros, periódicos y revistas no publicitarios, medicamentos, sillas de ruedas, prótesis y VPO.
- IVA reducido (10%): alimentos en general, transporte, plantas, espectáculos deportivos amateur, …
- IVA general (21%): se aplica a casi todos los productos y servicios, salvo los que están incluidos en el IVA superreducido o reducido. Lo más habitual es que tengas que crear facturas en este tipo de IVA.
- Exento de IVA (0%): es muy raro que tengas que emitir una factura exenta de IVA, salvo que sea una exportación.
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